
En México, los contribuyentes están obligados a realizar pagos provisionales de impuestos de forma periódica como parte de sus responsabilidades fiscales. Sin embargo, en ciertas circunstancias, puede surgir la necesidad de solicitar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) la disminución de estos pagos provisionales. En este artículo, exploraremos la posibilidad de realizar esta solicitud y analizaremos los requisitos y procedimientos involucrados.
¿Qué son los pagos provisionales y cómo funcionan?
Los pagos provisionales son pagos anticipados de impuestos que los contribuyentes deben realizar de forma regular durante el año fiscal. Su objetivo principal es distribuir la carga fiscal de manera más equitativa a lo largo del año.
¿Mi empresa es candidata para solicitar la disminución de pagos provisionales?
Existen circunstancias en las que los contribuyentes pueden enfrentar dificultades financieras o cambios significativos en su negocio que justifiquen la disminución de los pagos provisionales. De acuerdo con el Artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, los contribuyentes que estimen que el coeficiente de utilidad que deben aplicar para determinar los pagos provisionales es superior al coeficiente de utilidad del ejercicio al que correspondan dichos pagos, podrán, a partir del segundo semestre del ejercicio, solicitar autorización para disminuir el monto de los que les correspondan. Algunas de estas situaciones pueden incluir una disminución considerable en los ingresos, cambios en la estructura del negocio, pérdida de empleados clave o impacto negativo por otros eventos extraordinarios.
¿Cuáles son los requisitos y el proceso para solicitar la disminución de pagos provisionales?
Es necesario cumplir con los supuestos de coeficiente de utilidad establecidos en el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y tramitar la solicitud en el portal del SAT en el apartado de Servicios y Solicitudes, adjuntando la documentación señalada. Entre la documentación requerida, se incluyen por ejemplo los papeles de trabajo que reflejen el procedimiento de cálculo del impuesto en los meses de enero a junio del ejercicio; o bien, hasta el mes inmediato anterior a aquel por el que se solicita la disminución.
¿Cuándo debo de presentar la solicitud de disminución de pagos provisionales?
Para efectos del artículo 14, párrafo séptimo, inciso b) de la Ley, la solicitud de autorización para disminuir el monto de los pagos provisionales a partir del segundo semestre del ejercicio que corresponda se presentará a la autoridad fiscal un mes antes de la fecha en la que se deba efectuar el entero del pago provisional que se solicite disminuir. Cuando sean varios los pagos provisionales cuya disminución se solicite, dicha solicitud se deberá presentar un mes antes de la fecha en la que se deba enterar el primero de ellos.
Evaluación y aprobación de la solicitud:
Una vez presentada la solicitud, el SAT evaluará la información proporcionada y tomará una decisión basada en los criterios establecidos. La Autoridad otorgará una “Resolución de autorización, autorización parcial o rechazo para disminuir los pagos provisionales”, la cual será vigente por el período autorizado.
En caso de que al revisar la información proporcionada se encuentren con alguna inconsistencia, la Autoridad podrá solicitar que en un plazo de 10 días hábiles se brinde la información solicitada para continuar con la solicitud, en caso de no cumplir en el plazo se va a considerar como Rechazado. Es importante tener en cuenta que la aprobación de la solicitud no está garantizada y dependerá de la evaluación realizada por las autoridades fiscales. En algunos casos, el SAT puede solicitar información adicional o llevar a cabo una revisión más detallada antes de tomar una decisión final.
En resumen, sí es posible solicitar al SAT la disminución de los pagos provisionales en ciertas situaciones justificadas. Sin embargo, es importante cumplir con los requisitos establecidos y proporcionar la documentación necesaria para respaldar la solicitud. Cabe destacar que cada caso se evaluará de manera individual, y la aprobación estará sujeta a la discreción del SAT. Para obtener una orientación más precisa y actualizada, se recomienda a los contribuyentes consultar la normativa fiscal vigente y buscar asesoría especializada para realizar una solicitud adecuada y efectiva.
Si necesitas orientación para determinar si tu empresa es candidata a dicho trámite, o acerca de cómo presentar la solicitud, contáctanos por medio de WhatsApp o correo:
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